Milei pone en venta 132 mil m² de tierras ferroviarias en Santa Fe

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Cañada de Gómez: el Gobierno avanza sobre 132 mil metros cuadrados ferroviarios y profundiza la liquidación del patrimonio público. La Resolución 827/2026 desafecta más de 132.000 metros cuadrados de tierras ferroviarias en Santa Fe y habilita su futura venta. La medida, firmada por Luis Caputo, vuelve a colocar en el centro del debate el destino de los bienes estratégicos del Estado y el desmantelamiento de activos vinculados al sistema ferroviario nacional.

La publicación de la Resolución 827/2026 en el Boletín Oficial confirma una nueva avanzada del gobierno de Javier Milei sobre el patrimonio estatal. La medida, firmada por el ministro de Economía, Luis Andrés Caputo, dispone la desafectación del uso ferroviario de una extensa superficie ubicada en el cuadro de la Estación Cañada de Gómez, correspondiente a la Línea Mitre, Ramal GM.2, en el departamento santafesino de Iriondo. Se trata de 132.099,89 metros cuadrados de tierras que hasta ahora permanecían bajo jurisdicción de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) y que quedan disponibles para una eventual enajenación a través de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE).

Aunque el texto oficial se ampara en una compleja arquitectura normativa compuesta por la Ley 26.352, los decretos 1382/2012, 2670/2015 y el decreto 950/2024, el resultado político de la decisión aparece con notable claridad: una porción significativa de suelo ferroviario deja de estar reservada para actividades vinculadas al transporte y pasa a integrar el universo de activos susceptibles de venta. La resolución no habla expresamente de privatización inmediata, pero sí abre el camino para que esos terrenos sean incorporados a operaciones inmobiliarias futuras bajo la órbita de la AABE.

El argumento administrativo utilizado por el Gobierno se apoya en mecanismos ya previstos por la normativa vigente. Según los considerandos, la Agencia de Administración de Bienes del Estado puede promover la desafectación de inmuebles cuando considere que existe falta de afectación específica, subutilización o innecesaridad. Bajo esa lógica, los terrenos ferroviarios dejan de ser observados como una reserva estratégica para el desarrollo futuro del sistema de transporte y comienzan a ser evaluados bajo criterios patrimoniales y de mercado. La pregunta que inevitablemente surge es quién determina que una infraestructura vinculada a una red ferroviaria nacional carece de utilidad futura y con qué horizonte temporal se realiza esa evaluación.

La decisión adquiere una dimensión aún más significativa cuando se observa el contexto político y económico en el que se produce. Desde su llegada al poder, la administración de Javier Milei ha impulsado una estrategia sistemática de reducción del Estado, privatización de funciones públicas y monetización de activos estatales. En ese marco, los bienes públicos aparecen cada vez menos como instrumentos para promover el desarrollo territorial y cada vez más como recursos disponibles para alimentar procesos de valorización inmobiliaria y obtención de ingresos extraordinarios.

Lo que está en discusión no es solamente la propiedad de un conjunto de parcelas en Santa Fe. Lo que se encuentra en juego es una concepción del territorio. Las tierras ferroviarias constituyen mucho más que una superficie susceptible de ser medida en metros cuadrados. Son espacios vinculados a la historia económica del país, a la conectividad regional y a la posibilidad de planificar políticas de transporte de largo plazo. Una vez fragmentadas, loteadas o incorporadas a desarrollos privados, su recuperación para fines ferroviarios resulta prácticamente imposible.

La resolución revela además un aspecto que merece especial atención. La propia ADIFSA informó no tener objeciones respecto de la desafectación del inmueble. Esa aceptación formal aparece luego de la transformación institucional que convirtió a la histórica Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado en una Sociedad Anónima. El cambio de figura jurídica, concretado a través de decisiones adoptadas entre diciembre de 2024 y marzo de 2025, no constituye un detalle menor. Expresa una modificación profunda en la forma de concebir la gestión de los bienes públicos vinculados al sistema ferroviario.

Durante décadas, el sistema ferroviario argentino fue presentado como una herramienta central para la integración territorial, el transporte de cargas y pasajeros y el desarrollo económico regional. Sin embargo, las políticas de desinversión, cierre de ramales y abandono de infraestructura fueron debilitando progresivamente esa función estratégica. La resolución conocida esta semana parece inscribirse dentro de esa larga tradición de retroceso ferroviario, aunque ahora revestida con el lenguaje técnico de la eficiencia administrativa y la gestión de activos.

El caso de Cañada de Gómez posee además una fuerte carga simbólica. La ciudad santafesina forma parte de una región históricamente vinculada al desarrollo ferroviario y productivo del país. Allí donde alguna vez se proyectaron redes de integración económica y logística, hoy se habilita la posibilidad de transformar suelo ferroviario en mercancía inmobiliaria. La operación puede aparecer como un procedimiento burocrático más dentro de las páginas del Boletín Oficial, pero sus implicancias trascienden largamente el expediente administrativo que le dio origen.

Resulta llamativo que la resolución dedique extensos fundamentos a justificar las competencias de los organismos intervinientes, las facultades legales aplicables y los procedimientos administrativos cumplidos, pero no ofrezca una explicación sustancial acerca de la conveniencia estratégica de desprenderse de estos terrenos. No se exponen proyectos alternativos para el uso ferroviario, tampoco estudios prospectivos sobre necesidades futuras de infraestructura ni evaluaciones integrales sobre el impacto territorial de la medida. La lógica predominante parece ser la de considerar que aquello que hoy no produce una rentabilidad inmediata puede ser transferido al mercado.

En tiempos de crisis climática, crecimiento urbano desordenado y necesidad de fortalecer sistemas de transporte sustentables, la preservación de corredores ferroviarios y áreas asociadas adquiere una importancia creciente en numerosos países. Mientras distintas naciones discuten cómo ampliar sus redes ferroviarias para reducir costos logísticos y emisiones contaminantes, Argentina vuelve a debatir el destino de espacios estratégicos desde una perspectiva esencialmente patrimonialista.

La Resolución 827/2026 deja abierta una instancia decisiva: la eventual enajenación de los inmuebles. El artículo segundo instruye a la AABE para que, llegado el caso, avance en las tareas de mensura y deslinde con intervención de ADIFSA. Es decir, el procedimiento administrativo ya contempla el escenario de una futura venta. Aunque los compradores potenciales todavía no aparecen en escena, la puerta quedó formalmente abierta.

La historia reciente argentina ofrece abundantes ejemplos sobre las consecuencias de las políticas de enajenación de activos públicos. Cada vez que un terreno ferroviario abandona definitivamente su función original, el Estado pierde capacidad de planificación, disminuye sus márgenes de intervención territorial y restringe posibilidades de desarrollo futuras. Lo que se presenta como una oportunidad de negocio en el corto plazo suele convertirse en una limitación estructural para las generaciones venideras.

La resolución firmada por Luis Caputo sintetiza, en definitiva, una de las tensiones centrales del actual modelo de gobierno. De un lado aparece la idea de que los bienes estatales deben ser monetizados siempre que sea posible. Del otro, la convicción de que ciertos activos poseen un valor estratégico que excede cualquier cálculo inmobiliario inmediato. En Cañada de Gómez, esa disputa ya no es teórica. Tiene una dimensión concreta: 132.099,89 metros cuadrados de patrimonio ferroviario que dejan de estar reservados para el sistema ferroviario nacional y pasan a formar parte del inventario de tierras disponibles para el mercado. La magnitud de esa decisión excede ampliamente los límites de una estación santafesina. Habla del modelo de país que se está construyendo y, sobre todo, del patrimonio colectivo que se está dispuesto a sacrificar en nombre de la desregulación y la lógica de los negocios.

Fuente

Ministerio de Economía de la Nación. (2026, 8 de junio). Resolución 827/2026. Boletín Oficial de la República Argentina, N.º 35.925. https://www.boletinoficial.gob.ar

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